éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de Divorcio 185 en concordancia con la sentencia Nro. 693 de fecha 02/06/2015 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por las abogadas en ejercicio CAROLINA DEL CARMEN MATA RODRIGUEZ y FRANCIA MAYERLING GARCIA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nro. 141.217 y 141.243, actuando en su carácter de Apoderadas judiciales del ciudadano GREGORY RICHARD YUBURY GONZALEZ, y venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.108.688, por una parte y la ciudadana HEILEN CAROLINA ACOSTA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-20.937.239, debidamente asistida por las abogadas en ej.....