Ahora bien, del computo efectuado por la secretaria titular de este Tribunal, se evidencia, que desde el día 17 de marzo del 2011, hasta el día 04 de abril del 2011, fecha en la cual fue interpuesto el recurso de apelación, en contra el fallo arriba mencionado, transcurrieron doce (12) días de despacho, lo cual es forzoso para este Tribunal, declarar extemporáneo por tardío el recurso de apelación presentado por el abogado Rafael Ramos García, en fecha 04 del corriente mes y año y así se decide.-