En consecuencia, este Tribunal de Violencia Contra La Mujer en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: REVOCA DE OFICIO la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD otorgada al acusado RAFAEL ENRIQUE TORRES FLORES, Venezolano, natural del Carito Estado Anzoátegui, donde nació el día 17-07-48, de 64 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.486.963, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos CELESTINO TORRES y ANA DE TORRES y residenciado en CALLE BERMUDEZ, SECTOR CAICAGUITA, a quien se le sigue el presente proceso penal por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los Artículos 39 y 44 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en relación al articulo 64 Ejusdem, cometido en perjuicio de La ciudadan.....