esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho: PRIMERO: Se Declara con Lugar la Solicitud planteada por el Abogado ARTURO GUILLEN, actuando con el carácter de Defensor Público Segundo, actuando en nombre de los adolescentes y el niño; (XXX), hijos de la ciudadana YAMILETH DEL VALLE JIMENEZ SUAREZ. SEGUNDO: Se DECRETA como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano de cujus LUIS ALBERTO GONZALEZ ROJAS, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.998.744, fallecido el día 11 de Marzo del 2012, respectivamente, a sus cónyuge YAMILETH DEL VALLE JIMENEZ SUAREZ y a sus hijos, (XXX), respectivamente, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 5.....