Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana Cruz Del Valle Letterny Rivas, contra su cónyuge, ciudadano Ramón Antonio Rojas Serrano, ambos anteriormente identificados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, ordinales 2º y 3º.- En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos cónyuges en fecha doce de junio de mil novecientos ochenta y nueve (12-06-1.989) por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, según consta de Acta N°.200, la cual fue acompañada a los autos en copia certificada. Así se decide.-