Este Tribunal Superior declara que la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 20 de mayo de 2004, mediante la cual se declara incompetente en razón del territorio para conocer de la causa ante mencionada, y declina el conocimiento de la misma en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Área Metropolitana de Caracas, está ajustada a derecho y en consecuencia, se declara SIN LUGAR EL RECURSO DE REGULACION DE COMPETENCIA ejercido por el apoderado actor, HENRY GIRAL. Así se decide administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos y bájese el expediente al Tribunal de origen, a los fines legales consiguientes.