Por las razones de Hecho y de Derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 17 de marzo de 2004; 2.- MODIFICADA la sentencia recurrida única y exclusivamente en cuanto a la condenatoria a la empresa accionada del pago de la diferencia de 15 días correspondientes a las utilidades del actor del año 2002. No hay condenatoria en costas dado el carácter parcial del presente fallo.