Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA LIBERTAD del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue el presente proceso, por la presunta comisión del delito de ROBO SIMPLE EN LA MODALIDAD DE ARREBATON EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el articulo 456 del código Penal, en relación con el articulo 83 Ejusdem, en agravio de la ciudadana MARIA FELIPA GOMEZ CARPIO; POR CUMPLIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE FIANZA PERSONAL. Notifíquese de la Presente Resolución; una vez impuesto de la misma el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, queda en libertad. En consecuencia se ordena el traslado del mencionado adolescente a este Despacho, para el día de hoy. Ofíciese y Provéase lo conducente. Cúmplase.-