Por los antes expuesto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes, conforme a lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, acuerda proceder como en autoridad de cosa juzgada y ordena la inserción del mismo por ante el Registro Subalterno correspondiente; igualmente ordena el archivo del expediente.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
DADA, FIRMADA y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre a los quince días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.- AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
MARIANELA