Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, en la forma convenida por los cónyuges, ciudadanos: AMALIA YSABEL GONZÁLEZ y EMILIO JAVIER GONZÁLEZ BETANCOURT, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha veintisiete de julio de dos mil seis, por ante el Registrador Civil del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio se encuentra inserta en el Libro Principal Nº 2de Matrimonio, bajo el Nº 164, folios Nros 127 y 128, llevados por ante ese despacho durante el año 2006, y así se decide.-