este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado en consecuencia HOMOLOGA el DESISITIMIENTO en los mismos términos y condiciones por él suscrito, otorgándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Igualmente se suspende la medida decretada en la presente causa y se ordenó librar el oficio correspondiente. Asimismo se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.