...este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la mencionada secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así mismo, en sujeción a la normativa prevista en el único aparte del artículo 41 de la Ley Adjetiva Laboral, se designa como secretaria accidental en la presente causa, a la abogada MARIBI YANEZ NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.314.761, secretaria adscrita a los Juzgados del Trabajo de este Circuito Judicial, para continuar conociendo de la presente causa como secretaria accidental...