Por todo lo anterior, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA ENTREGA EN CALIDAD DE GUARDIA Y CUSTODIA, al ciudadano: RENZO DE MARCHI ZANCHETTI, portador de la cédula de identidad N° 81.164.346 , en su carácter de Apoderado del ciudadano: LUIS NAPOLEON BIAGGI BERMÚDEZ, quien es mayor de edad, Venezolano, Abogado, cédula de identidad N° 8.490.111, con domicilio en Anaco-Anzoátegui; del vehículo que nos ocupa, con las siguientes características: Camioneta, Pick-Up, Placas: 16H-JAB, serial de carrocería:8ZCEC14T0YV300690, color Verde, serial motor: YV300690. Quien deberá presentarlo las veces que sea requerido por este Tribunal de Control u otra autoridad del País; todo de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese y Líbrese Oficio respectivo, al Propietario del Estacionamiento SERVIGRUAS-ANZOÁTEGUI. Cúmplase.