IV
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Resolución de Contrato e Indemnización de Daños y Perjuicios, intentada por la Sociedad Mercantil TELE BUREAU, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 06 de junio de1.994, bajo el Nº 50, Tomo A-39 y domiciliada en Caracas, Distrito Capital.; en contra de la Sociedad Mercantil CENTRO CLÍNICO LA PIRAMIDE, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 22 de agosto del 2.002, bajo el Nº 62, Tomo A-7 y domiciliada en Maturín, Estado Monagas. Así se decide.
Regístrese. Publíquese. Déjese Copia.
Dada, firmada .....