Por los razonamientos que anteceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud formulada por la ciudadana GLADYS DEL VALLE MARTINEZ LLENTE, identificado en autos, debidamente asistido de abogado, y ordena remitir copia certificada de la presente decisión, a la Prefectura de la Parroquia San Joaquín, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, a fin de que extienda la respectiva nota marginal en la partida de nacimiento N° 57, folio 57, del Libro de Registro Civil de Nacimiento, llevado por esa Prefectura, durante el año 1.951, en la que se indique que donde se asentó como el nombre y apellido de su madre ?BAIRDA YANDEZ?,, deberá expresarse ?BAHILDA LLENTE?.-