Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONFESA FICTA, a la ciudadana ANTONIA MARDELLI KENEFATTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.316.532 y CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por el abogado en ejercicio EMILIO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.351, en su condición de apoderado judicial del ciudadano ANÍBAL SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 553.820, contra la ciudadana ANTONIA MARDELLI KENEFATTI, antes identificada, en consecuencia se ordena a la parte demandada ciudadana ANTONIA MARDELLI KENEFATTI a entregar libre de personas y cosas el apartamento identificado con la letra y numero C-3, piso 2, que forma parte del Edificio ?Tercer Frente?, ubicado entre la calle Cementerio .....