Por todos lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la Acción Mero Declarativa, incoada por el ciudadano Jesús Alberto Reyna Pérez, en contra de la ciudadana Jeannette del Valle Reyes Hurtado, en consecuencia declara:
Primero: Que entre los ciudadanos Jesús Alberto Reyna Pérez y Jeannette del Valle Reyes Hurtado, existió una relación concubinaria desde el 31 de diciembre del 2001 hasta el 31 de marzo del 2005.-
Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.-
Tercero: Se ordena notificar a las partes intervinientes de la presente decisión, todo de conformidad con el artículo 251 del Código de procedimiento Civil.-