Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCION POR PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 19-07-2005, por el ciudadano BORIS RAMON FIGUERA VERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.216.057, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.571, actuando en su condición de Gerente de la Sociedad Mercantil LICORERIA EL RATON, S.R.L., y recibido en este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha 20-07-2005, contra la Resolución N° GRTI-RNO-DJT-RJ-2005-000089, de fecha 31-02-2005, que impone a pagar por conceptos de Impuestos y Multas contentiva en las Planillas de Liquidación: Nros 071001233000475.....