consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA CAPTURA DEL PENADO JOSÉ LUIS MARAIMA YAGUARAN, titular de la cédula de identidad N° V-14.827.393, ordenándose su inmediato ingreso al Internado Judicial de esta ciudad, donde permanecerá recluido a la orden de este Tribunal. Librese oficio a la División de Captura del Cuerpo Técnico de Policía Judicial Caracas, remitiéndole anexo Boleta de Encarcelación y Orden de Captura. Notifíquese al Ministerio del Interior y Justicia, Dirección de Custodia al Recluso, División de Antecedentes Penales, a quien además se le remitirá copia de la sentencia y auto de ejecución.
Notifíquese al ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público, Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ; y a su defensor Dra. NELIDA BASILE DRIJA, Defensora Pública Penal.
EL JUEZ DE EJECUCION Nº 02,
DR. JOSÉ DELFIN C.....