éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concretamente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre el bien que ejerce el ciudadano PABLO GABRIEL CADENA TAMARONIS, ya identificado, en el vehículo antes descrito en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-