Seguidamente la ciudadana Juez expone este Tribunal de Primera Instancia Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley expone: De la revisión del presente Asunto se observa que en fecha 20/03/2009, la Juez Accidental del Tribunal de Juicio Sección Adolescente libro orden de captura y acordó suspender el presente asunto hasta tanto el referido ciudadano fuera capturado. Posteriormente en fecha 21/09/2009 compareció voluntariamente el mentado ciudadano ratificándose la medida cautelar (prestación de fianza personal la cual fue cumplida razón por la cual el tribunal impuso la obligación de no ausentarse de la localidad de esta jurisdicción y cuando sea requerido por el Tribunal). Ahora bien como quiera que el acusado acudió voluntariamente al CICPC, a solucionar un problema personal y al ser verificado por el sistema SIPOL, se observo que el mismo esta requerido por este tribunal, y visto las actas procesales que conforman su expe.....