Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones y demás conceptos laborales incoaran los ciudadanos AURELIO ANTONIO ACUÑA HERNÁNDEZ, JUAN BAUTISTA FLORES, BEDO CELESTINO CORREA, YILDRY DEL VALLE GUARACHE, PABLO HERNÁNDEZ, ANTONIO MACAYO, ARGENIS GREGORIO RANGEL, RODOLFO ENRIQUE RUIZ, JESÚS RAMÓN URBANEJA y MARELLA VINCENT RODRÍGUEZ contra la empresa CAUVICA C.A. y la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, por haber quedado demostrado en autos que en la presente causa, operó la prescripción de la acción.