Por los razonamientos antes expresados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, por haber el Ordenado el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Dejar Sin efecto la Orden de Ubicación dictada en contra del ciudadano antes mencionado, quien cumple la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de OCHO (08) MESES, que le fue impuesta por los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto en el articulo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 278 del Código Penal y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 460 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal Ve.....