Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la presente demanda que por Daños y Perjuicios, incoara el ciudadano Luis Enrique Silva Mata, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.342.154 y, de este domicilio, en contra la empresa Atracciones Luna Park, C.A., persona jurídica, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 29 de mayo de 2007, bajo el Nº 23, Tomo A-51. Así se decide.
En Consecuencia, se condena a la parte demandada Atracciones Luna Park, C.A., a pagar a la parte demandante, ciudadano Luis Enrique Silva Mata, ambos ya identificados, por concepto del daño moral sufrido por el demandante.....