decreta LIBERTAD SIN RESTRICCION, al JUAN CARLOS GUACARAN SALAZAR, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad 16.798.088, natural de Cupira, Estado Miranda, donde nació en fecha 27 de Diciembre de 1981, de 31 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u Oficio Obrero, hijo de los ciudadanos OMAR GUACARAN(v) y CARMEN SALAZAR(v), residenciado en Calle Bolivar Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; todo conforme a lo establecido en el artículo 44, numeral 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 8º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, referidos a los principios fundamentales del proceso penal, como son Presunción de Inocencia y Afirmación de Libertad. El Procedimiento a seguir es el Ordinario. Líbrese el respectivo oficio participando la decisión dictada. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Novena del Ministerio Público, a fin de continuar con las investigaciones, en su oportunidad respectiva. Cú.....