este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la presente TRANSACCIÓN, otorgándosele carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos en que ha sido suscrito por las partes, de conformidad con el establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada.
La Juez,
Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
El Secretario
Abog. Javier Arias León.