Sobre la base de las consideraciones que anteceden, este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la OFERTA REAL Y DEPÓSITO que hubiere incoado la Sociedad Mercantil "TALADRO HOLDINGS VENEZUELA, C.A", domiciliada en Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja, Estado Anzoátegui, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 25 de mayo del 2011, anotado bajo el Nº 5, Tomo 37-A, en contra de la empresa "INVERSORA FLA, C.A". Sociedad Mercantil, debidamente Registrada en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 11 de junio del 2009, bajo el Nº 29, Tomo 55. Así se decide.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, se declara procedente la referida OFERTA REAL Y DEPÓSITO en cuanto a lo que se refiere al pago de seis (06) cuotas correspondientes a los meses de abril.....