Este Tribunal no condena en costas al acusado, por cuanto el mismo se acogió a la medida alternativa de prosecución del proceso; evitándose con ello la erogación de gastos al Estado Venezolano, ante la no celebración de un juicio oral y publico; de conformidad con el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se acuerda mantener la medida cautelar sustitutiva de libertad, establecida en el articulo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, extendiendo presentaciones periódicas a cada sesenta (60) días por ante la oficina de alguacilazgo, acordándose la solicitud de la defensa. Asimismo se acuerda mantener las medidas de protección dictadas a favor de la victima, establecidas en el articulo 87 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en los numerales 5 y 6, los cuales consisten en: 5) Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, en consecuencia imponer al presunto agresor el acercamiento a.....