D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos MIGUEL ANGEL GARCIA VILLALBA, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.689.552, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 15 de Noviembre de 1973, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u Oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Ángel Luis García y Josefina Villalba, residenciado en la Calle Páez, CASA Nº 63, Barrio Mariño, detrás del centro comercial REGINA, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y LUIS ALFREDO MARQUEZ FREITES, quien es Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-9.902.886, natural de Maturín, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30 de Abril de 1969, de 39 años de edad, de estado civil so.....