Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión procesal de Divorcio que hubiere incoado la ciudadana ESDEL JOSEFINA CAUREZ ÑAÑEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-8.681.667, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MARÍA IRENE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-8.110.063 e inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 103.792, en contra del ciudadano RAFAEL ENRIQUE GUATARAMA PARUTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-8.225.724, con fundamento en la Causal Tercera del Artículo 185 del Código Civil. Así se decide.