En consecuencia este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la solicitud de EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por la ciudadana GILCAR AILIN BECERRA ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-16.677.619, domiciliada en la vía el Samán, Urbanización Valle Alto II, piso 1, Edificio Catarata, Barcelona Estado Anzoátegui, teléfono: 0424-8668112, correo electrónico: bgilcar@gmail.com, debidamente asistida por el abogado ALVARO PROVENZALI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-27.345.342, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 317.219, teléfono: 0414-1988936, con aplicación (WhatsApp), con correo electrónico: alva.....