Por las razones de Hecho y de Derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 23 de julio de 2004; 2.- Se ORDENA reponer la causa al estado en que se lleve a cabo la audiencia preliminar por ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial que corresponda; 3.- Se decreta la nulidad de las actuaciones realizadas con posterioridad a la viciada citación de la empresa demandada.