Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio contencioso, por el ciudadano ERNESTO ARTURO MARQUEZ ARANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.854.321, domiciliado en el Campo Los Próceres, antiguo Campo Norte, San Tome, municipio Freites del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado GUSTAVO GONZALEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 144.057 contra la ciudadana EMMA CRUZ MARTINEZ VERDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.478.662, domiciliada en la avenida La Paz, sector Vista del Sol, Conjunto residencial los Tejados, casa Nº 25 de San José de Guanipa, Estado Anzoátegui.