Se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto, y concluida la sustanciación del proceso, esta Jueza del Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud Fiscal tercero del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abogada FABIOLA QUINTANA, a requerimiento de la ciudadana ROSA RENGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.672.906,domiciliada Boyacá III, Vereda 52, Nro.13, Sector I, Barcelona, Estado Anzoátegui, y en consecuencia se acordó hacer las siguientes designacio.....