este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DISUELTO por divorcio, conforme a lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos WILMAN RAFAEL RAMOS Y SILVERIA CAMPOS; anteriormente identificados, contraído por ante la Prefectura del Distrito Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha 20 de Agosto de 1.985, según consta de Acta de Matrimonio N°. 387, acompañada a los autos en copia certificada. Así se decide.-
Regístrese y Publíquese.