Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente Demanda de Divorcio, presentada por el ciudadano ERNESTO JOSÉ ALEJANDRO VIEIRA PACHECO, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.407.743 y domiciliado en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a través de su Apoderada Judicial RITA MANISCALCHI BADAOUI, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.747, en contra de la ciudadana DANIELA CAROLINA MEDINA VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.054.575 y domiciliada en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. Así se decide.
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