DECISION:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA, interpuesta por la DAYANA MARIELA ARCIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.249.052, domiciliada en la calle Campo Elías, Conjunto Residencial Virgen del Valle N°. 67, de la ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, del estado Anzoátegui, debidamente asistida por los abogados LARRY ANTONIO CASANOVA CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado0 bajo el Nro. 52.619, contra ALEIDA DEL CARMEN LIZARDO PARAGUAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.201.783, ha operado la Perención de la Instancia.....