Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Condena al acusado PEDRO JOSE MUJICA ROJAS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.626.102, natural de Carúpano, Estado Sucre, donde nació en fecha 05/07/1981, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de los ciudadanos Pedro Mujica (v) y Miriam Rojas (v), residenciado en la Carretera Vieja Caracas La Guaira, Barrio el Limón, Sector la Cruz, Casa Nº 82, por los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES PERSONALES CULPOSAS, previstos y sancionados en los Artículos 409 y 416 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos GILBERTO ANTONIO CARREÑO CARABALLO (occiso), EVER ARTURO MENDOZA LOPEZ, CLARIZA SUBERO y KATIANA CAS.....