Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por el ciudadano EVANGELITO RAMÓN FIGUERA CABEZA, venezolano, mayor de edad, de profesión comerciante, titular de la cedula de identidad N° V-8.496.458 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado MANUEL JOSE AREVALO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 166.230. En consecuencia, se DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente con la ciudadana YURMELY DEL VALLE LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.630.307 y de este domicilio, el cual fue contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Aragua del Estado Anzoá.....