este Juzgado Superior, en consecuencia, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento formulado en la presente causa, por no ser contrario a derecho, y ordena la remisión del expediente al Archivo Judicial.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Archívese el Expediente. Déjese copia certificada.