declara CON LUGAR, la solicitud formulada por la ciudadana: MERY GISELA BAIARDO MAESTRE, y ordena que el ciudadano; Prefecto del Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui, estampe una nota marginal en el Acta de Nacimiento que cursa en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el año 1.961, Acta signada con el N°: 9, en la que escriba correctamente, el nombre y el apellido del padre ciudadano HUMBERTO BAYARDO, y así: Donde dice, BAYARDO, debe decir BAIARDO., y el apellido de la madre ciudadana ENMA MAESTRE DE BAYARDO, donde dice, BAYARDO, debe decir BAIARDO.- Asimismo donde dice: HUMBERTO BAYARDO, debe decir UMBERTO BAIARDO., y donde dice, ENMA MAESTRE DE BAYARDO, debe decir ENMA MAESTRE DE BAIARDO.- De conformidad con lo previsto en el Artículo 506 del Código Civil, se ordena participarle lo conducente al Registrador Civil del Municipio Autónomo Guanipa del Estado Anzoátegui y al Registrador Principal ambos del Estado Anzoátegui.-