Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de la Joven (IDENTIDAD OMITIDA), Venezolana, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 30-07-83, titular de la cédula de Identidad N° 19.369.020, hija de LOURDES DEL CARMEN BAEZ DE LIZARDI Y MOISES ANTONIO LIZARDI, residenciada en el Barrio Guamachito, Casa N° 15, Barcelona, Estado Anzoátegui; por el delito de LESIONES PERSONALES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, que se señaló cometido en perjuicio de la ciudadana MAIRA JOSEFINA GOLINDANO, de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en concordancia con lo establecido en el artículo 324 del Código Orgánico .....