Así las cosas, es necesario señalar que la parte actora en la presente demanda es una Institución Bancaria, a saber el BANCO MERCANTIL C.A, por lo que, en atención a ello y aunado a lo establecido en el numeral primero, la misma puede bastarse por sí sola en virtud de que es una Institución financiera de reconocida solvencia, tal y como lo preceptúa el mencionado numeral, razón por la cual considera este Tribunal, que mal podría solicitársele a la actora BANCO MERCANTIL C.A, fianza hasta por la cantidad de OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DOS BOLÍVARES CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 87.779.702.81) que comprende el doble de la suma demandada más las costas prudencialmente calculadas en la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTISEIS BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.11.449.526,45); en virtud de que la misma es una entidad bancaria, y así se decide.-
En consecuencia, se deja sin efecto lo acordado por est.....