"...En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a los ciudadanos ELVIA RAMONA GUARAMAIMA, RAMÓN CELESTINO GUARAMAIMA, ODILIO DE JESUS LOPEZ GUARAMAIMA y OMAR DE JESUS LOPEZ GUARAMAIMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-3.957.096, V-3.685.184, V-8.213.169 y V-5.492.348, respectivamente, en sus condiciones de hijos de la de cujus. Igualmente, los ciudadanos YAMILE ISABEL, SELENIA DEL VALLE, JOSE GABRIEL y OMAR ALEXANDE.....