Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso interpuesto por el representante judicial de la parte demandante, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en El Tigre, de fecha 22 de abril de 2003, la cual queda REVOCADA. 2) SIN LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales intentada por el ciudadano LEONARDO MARCANO contra la sociedad mercantil SCHLUMBERGER VENEZUELA, S.A., identificados en autos.