Por las razones expuestas, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana BERTA DEL CARMEN CAMPOS TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 4.912.069 en el sentido que se corrija el Acta de Matrimonio, inserta bajo el No.82, de fecha 22/07/1957, en el Libro Duplicado Nº 1 llevado por la Prefectura Civil del Municipio Guanipa, Distrito Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, correspondiente al año 1957, en los siguientes términos: En el nombre de la contrayente donde dice "PETRA". Debe decir: "BERTA". Y así se decide.-