Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la solicitud de DECLARACION DE TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: JUANA YUBELYS RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V.-13.237.774, domiciliada en la Calle Libertador con Calle Páez, casa Nº 30, de la Ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la ciudadana ABG. ROSIRIS ALFONZO MAESTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula d Identidad Personal Nº V.-15.127.307, Abogada en Ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 106.319, por haber operado en decaimiento de la acción en la presente solicitud, y en consecuencia, se ordena proceder como Sentencia Pasada por Autoridad de Cosa .....