Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de: LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano KEELING RAFAEL AREVALO RODRIGUEZ, VENEZOLANO, CEDULA DE IDENTIDAD Nº V- 20.340.555 , FECHA DE NACIMIENTO: 06/07/1991 , DE 20 AÑOS DE EDAD, ESTADO CIVIL: SOLTERO, DE PROFESIÓN U OFICIO: ESTUDIANTE, HIJO DE MIGUEL ANGEL AREVALO (V) Y KARINA RODRIGUEZ (V) RESIDENCIADO: BOYACA III, SECTOR I, VEREDA 14, BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI, TELEFONO:0424-8208287, de conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En concordancia con los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal.- Se acuerda remitir en su oport.....