Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS; intentada por el ciudadano FELIX LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.777.548; en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL CONJUNTO RESIDENCIAL ROSA MISTICA, plenamente identificada en autos, en consecuencia: PRIMERO: Se ordena el cumplimiento del referido contrato objeto del presente litigio, cursante a los folios seis (6) al diecisiete (17) de este expediente, en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 30 de julio de 2001, bajo el N° 19, Folios 163 al 174, Protocolo Primero, Tomo Sépti.....