El Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la entrega material del vehículo Marca Chevrolet, modelo Corsa, tipo Sedan, Clase Automóvil, placas MDN-41L, año 2002, color gris, serial carrocería 8Z1SC51602V314120, serial motor 02V314120, uso particular, al ciudadano NIXON JAVIER VILLA, con Cédula de Identidad N° 10.398.736, para su guarda y custodia, con la obligación de presentarlo cada vez que le sea requerido por el Ministerio Público, por el Tribunal respectivo o por cualquier otra autoridad competente, por motivos de un proceso en curso, a la vez que se autoriza su circulación por el Territorio Nacional, con fundamento en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, déjese copia, notifíquese y líbrese el Oficio respectivo.-